A la hora de determinar si hay o no subrogación de empresas, la doctrina actualizada del TS y el TJUE establece que en actividades donde la mano de obra es esencial la subrogación solo procede si se da esa asunción de una parte relevante del personal, y en el factor numérico no ha de erradicar el predicado de significativo o relevante.
05/05/2023