Ante la vulneración de un derecho fundamental ¿tienen derecho los trabajadores a ser indemnizados por lucro cesante?

 Dos personas intercambian billetes de euros.
Sentencia de Tribunal Supremo del 03/04/2024 en materia de OTRAS CUESTIONES

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Resumen

El Tribunal Supremo concede una indemnización por lucro cesante a unos trabajadores a los que se reconoció la vulneración del derecho a la igualdad retributiva

Supuesto de hecho

  • El presente conflicto se da entre el sindicato representante a los trabajadores y la empresa para la que estos prestan servicios. 
  • Estos trabajadores fueron contratos por la empresa bajo un contrato de obra y servicio determinado bajo el marco de una subvención que ofrecía el SEPE. 
  • Todo ellos se integraban en el mismo grupo profesional y en el mismo grupo de cotización, siendo esta categoría la de Oficiales.
  •  Su retribución era de 1.458,68€ mensuales, mientras que, en el convenio colectivo de aplicación, para su grupo profesional, se establecía un salario superior.
  • Los trabajadores, considerando que se estaba vulnerando su derecho a la igualdad retributiva y a la no discriminación, plantearon recurso ante los tribunales. 
  • Al considerar que la empresa no estaba realizando esto de forma correcta, presentan recurso ante los tribunales. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión objeto de litigio es determinar si los demandantes, que obtuvieron una sentencia favorable por vulneración de su derecho a la igualdad retributiva al recibir un salario inferior al establecido en el convenio tienen derecho a una indemnización por daños y perjuicios. 
  • En primer lugar, se estimó la demanda de los trabajadores concluyendo que se había producido una vulneración en su derecho fundamental a la igualdad retributiva, ya que estaban cobrando menos que lo estipulado en el convenio colectivo de aplicación.  
  • Se establece en el artículo 183 LRJS que, ante esta vulneración, deberá ser el tribunal quien se pronuncie sobre la cuantía de la indemnización unida a esta vulneración.
  • Razona la sentencia que a raíz de la vulneración del aludido derecho fundamental, debe concederse una indemnización adicional reparadora de los daños y perjuicios, en la condena al pago de las diferencias salariales derivadas de la discriminación retributiva sufrida.
  • Por lo tanto, el tribunal considera que deben ser indemnizados con la cantidad de la retribución que han dejado de percibir.

Conclusión Lexa

El Tribunal Supremo da la razón a los trabajadores y concluye que, al haber sido objeto de vulneración del derecho a la igualdad retributiva, han de ser indemnizados por los de daños y perjuicios derivados de dicha vulneración cuantificada en la diferencia retributiva que no han percibido.

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