El Tribunal Supremo establece que el pago de kilometrajes diferenciados conforme a la normativa fiscal de cada Comunidad Autónoma no constituye una "doble escala salarial". Esto se debe a que dicho pago no es una retribución, sino un reembolso de gastos.
El Tribunal Supremo concluye que la aplicación de tarifas de kilometraje diferentes conforme a la normativa fiscal de cada Comunidad Autónoma no implica la existencia de una "doble escala salarial", ya que no se trata de un concepto retributivo. Este pago responde a un reembolso de gastos por desplazamiento, ajustado a las leyes fiscales locales, y no forma parte del salario del trabajador. Así, dicho reembolso tiene como finalidad compensar los gastos derivados de la actividad laboral y no constituye una discriminación salarial ni afecta a los derechos retributivos establecidos.
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