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La Audiencia Nacional declara el derecho de los trabajadores al permiso retribuido de hasta 35 horas médicas anuales para la asistencia de las personas trabajadoras a las consultas de dentista-odontólogo-estomatólogo en base a una interpretación restrictiva del convenio colectivo de aplicación.
La Audiencia Nacional concluye que en base a la interpretación restrictiva del convenio colectivo de aplicación, la empresa debe conceder a los trabajadores el derecho a disfrutar de dicho permiso retribuido de 35 horas anuales en consultas con odontólogos, además de las ya reconocidas con estomatólogos.
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