El Tribunal Supremo declara la procedencia del despido disciplinario de un trabajador que, fuera de horario y lugar de trabajo, profirió graves insultos y agredió a varios compañeros de trabajo.
El deber de actuar conforme a las reglas de la buena fe no solo debe cumplirse en el lugar y horario de trabajo, sino que dicha obligación se mantiene también fuera de dicho ámbito. De esta forma, las conductas de un trabajador que no se encuentra en el lugar, ni durante el horario de trabajo, pueden resultar igualmente sancionables por la empresa si inciden sobre otros compañeros de la empresa, afectando a la convivencia entre los mismos y a la reputación del propio empleador, redundando en definitiva en su perjuicio.
¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.