Se confirma el despido disciplinario de un trabajador que, estando en situación de incapacidad temporal por un trastorno de ansiedad, actuaba como encargado e instructor en un gimnasio del que era socio fundador. El tribunal considera que estas actividades revelan su aptitud laboral, vulneran la buena fe contractual y perjudican la recuperación médica, lo que justifica el despido.
No toda actividad realizada durante la baja médica justifica un despido. Sin embargo, estar de baja médica no autoriza al trabajador a realizar actividades incompatibles con su proceso de recuperación ni actividades que revelan aptitud laboral, en cuyo caso se estaría vulnerando la buena fe contractual y podría quedar justificado el despido.
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