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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la procedencia del despido disciplinario de un conductor que, pese a ser advertido de la necesidad de repostar antes de iniciar su jornada, ignoró la instrucción y permitió que el autobús se quedara sin combustible, interrumpiendo el servicio de transporte de pasajeros. La empresa asumió costes significativos para solucionar los problemas derivados del incidente. El Tribunal considera que la conducta constituye un incumplimiento grave y culpable, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo aplicable.
En este caso, se refuerza la idea de que, para que el despido disciplinario sea procedente, el incumplimiento debe ser grave y culpable, debiendo analizarse ambos elementos. Las empresas deben documentar y comunicar claramente las instrucciones operativas, mientras que los trabajadores deben cumplirlas con la diligencia exigida, especialmente en sectores sensibles como el transporte, donde cualquier negligencia puede generar graves consecuencias operativas y reputacionales.