Una trabajadora fue despedida por imputar reiteradamente compras de clientes a una tarjeta de fidelización ajena, generando beneficios indebidos. El tribunal confirma la procedencia del despido, al considerar acreditada la conducta fraudulenta y entender que la empresa respetó el derecho de defensa de la trabajadora mediante una reunión previa en la que se le permitió justificar su actuación.
La utilización fraudulenta del sistema de fidelización de una empresa por parte de una trabajadora puede justificar su despido disciplinario si se acredita que la conducta se ha producido y es grave y si se le ha permitido materialmente defenderse.
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