¿Es procedente el despido disciplinario de un trabajador que, durante una situación de IT realizó actividades menores en el restaurante de su esposa?
Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Canarias del 10/12/2024 en materia de DESPIDO DISCIPLINARIO Y SANCIONES
Resumen
El TSJ de Canarias considera como improcedente el despido de un trabajador ya que las actividades constatadas no son incompatibles con la situación de IT.
Supuesto de hecho
- El trabajador venía prestando servicios para la empresa desde octubre de 1991 con la categoría profesional de comercial mediante un contrato indefinido a tiempo completo.
- En marzo de 2023, el trabajador inició una situación de IT con diagnóstico de lumbociática, que duró hasta mayo del mismo año.
- El 19/05/2023, recibió la carta de despido disciplinario por trasgresión de la buena fe contractual al haber estado, durante la baja, trabajando en un restaurante según había constatado un detective privado.
- El restaurante que se dice que estaba prestando servicios es el de su mujer.
- El trabajador, al considerar el despido no ajustado a derecho, plantea recurso ante los tribunales.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión objeto de litigio es determinar si el despido disciplinario del trabajador, basado en la acusación de trasgresión de la buena fe contractual al supuestamente trabajar en el restaurante de su esposa durante una IT, es ajustado a derecho.
- En primer lugar, razona la sentencia que, no toda actividad realizada durante una baja médica justifica un despido disciplinario; solo aquellas que dificultan la recuperación de la capacidad laboral del trabajador o que demuestran que está en condiciones de trabajar.
- En este caso, las actividades que acredita el informe del detective son tales como colocar carteles, llevar un bote de mayonesa o arreglar una sombrilla.
- Acredita la sentencia que dichas actividades no demostraban un incumplimiento de la buena fe contractual, ya que no afectaron negativamente a su proceso de recuperación.
- En este caso, el tribunal considera que el despido es improcedente.
Conclusión Lexa
El TSJ de Canarias concluye que el despido disciplinario basado en la realización de actividades en el bar de su esposa durante una situación de IT es improcedente ya que dichas acciones no afectan la recuperación del trabajador ni representan una trasgresión de la buena fe contractual. En este caso, las pruebas aportadas por la empresa no justificaron una causa válida para el despido, por lo que el tribunal lo declaró improcedente.