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El TSJ de Canarias considera como improcedente el despido de un trabajador ya que las actividades constatadas no son incompatibles con la situación de IT.
El TSJ de Canarias concluye que el despido disciplinario basado en la realización de actividades en el bar de su esposa durante una situación de IT es improcedente ya que dichas acciones no afectan la recuperación del trabajador ni representan una trasgresión de la buena fe contractual. En este caso, las pruebas aportadas por la empresa no justificaron una causa válida para el despido, por lo que el tribunal lo declaró improcedente.
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