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El Juzgado nº 1 de Santa Cruz de Tenerife reconoce el derecho de una trabajadora a disfrutar de la concreción horaria de su reducción de jornada en horario exclusivo mañanas para poder cuidar de su hija menor, en un supuesto en el que ambos progenitores trabajan en el mismo centro de trabajo. En concreto, la sentencia estima parcialmente la demanda interpuesta por la trabajadora y reconoce la concreción horaria solicitada en turno fijo de mañana y descarta las dificultades organizativas esgrimidas por la empresa, ya que no falta personal para cubrir las tardes.