¿El trabajador puede solicitar la resolución del contrato por incumplimientos graves del empleador cuando no se acreditan indicios suficientes de acoso o vulneración de derechos?

 Mujer rubia con americana negra sentada entre hombres gesticulando con las manos
Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 29/11/2024 en materia de OTROS DESPIDOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Resumen

El Tribunal rechaza la petición de una trabajadora que solicitaba la extinción de su contrato por vulneración de derechos fundamentales y acoso. La sentencia confirma que no hubo un ambiente hostil ni exigencias laborales abusivas, sino que la empresa le concedió aumentos de salario, bonus y facilidades como el teletrabajo. Se desestima su demanda y se ratifica la imposición de una sanción por temeridad, al haberse demostrado que las acusaciones carecían de fundamento.

Supuesto de hecho

  • La actora venía prestando servicios como supervisora desde 1998. Percibía un salario elevado y recibió diversas mejoras (bonificación por un proyecto puntual, plaza de garaje, subida de sueldo por encima del convenio, complemento al 100% de sus incapacidades temporales, etc.).
  • En 2021 participó en un proyecto de gran exigencia, aceptándolo voluntariamente y recibiendo un bonus adicional no otorgado a otros miembros del equipo.
  • La trabajadora alega que la empresa y una responsable directa habían provocado un clima de hostilidad, con llamadas y comunicaciones a cualquier hora y descalificaciones constantes. Solicitaba la extinción del contrato con indemnización, así como una compensación por daños morales.
  • El juzgado de instancia desestimó la demanda por no acreditarse acoso alguno y le impuso a la actora una sanción pecuniaria por temeridad, al entender que sus alegaciones eran infundadas.

Consideraciones jurídicas

  • En lo referente al acoso laboral, se constata que la empresa trató favorablemente a la trabajadora (bonus especial, plaza de garaje no acorde a su categoría, subida salarial por encima de convenio, facilidades de teletrabajo, complemento voluntario de la IT, etc.)
  • No se demostró trato degradante ni la obligación de trabajar sin descanso. El único período de mayor intensidad fue aceptado voluntariamente y compensado económicamente.
  • El tribunal concluye que no hay indicios de un entorno laboral tóxico, sino más bien pruebas de un trato preferente y conciliador. 
  • Además, confirma la sanción económica de 3000 euros por temeridad, puesto que las afirmaciones de la demanda eran contrarias a los hechos verificados.

Conclusión Lexa

Para que un trabajador solicite la resolución de su contrato con indemnización por incumplimientos del empresario, debe probarse que estos son graves y culpables. No basta con alegar una mala relación laboral o diferencias con la dirección, sino que debe existir un incumplimiento claro y probado de las condiciones laborales.

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