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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma la sentencia que declara justificada la resolución del contrato a instancia de la trabajadora por las condiciones laborales impuestas por la empresa, que afectaron gravemente a su salud psíquica. La Sala considera que la empleadora incurrió en un incumplimiento grave de sus obligaciones al no adoptar medidas organizativas y preventivas frente a una sobrecarga de trabajo objetivamente constatada, lo que derivó en un daño a la salud mental de la trabajadora. Se reconocen tanto la indemnización prevista para el despido improcedente como una indemnización adicional por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de una vulneración de su derecho fundamental a la integridad física.
Cuando una empresa impone una sobrecarga de trabajo persistente que provoca un deterioro en la salud mental del trabajador, sin adoptar medidas correctoras o preventivas, incurre en un incumplimiento grave que justifica la extinción indemnizada del contrato. Además, si se considera vulnerado el derecho fundamental a la integridad se podrá exigir la correspondiente indemnización.
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