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El Tribunal Supremo considera que un trabajador autónomo parte de una comunidad de bienes no puede acceder al 100% de la pensión de jubilación ya que, los trabajadores están contratados por la sociedad, por lo que no cumple con tal requisito.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación considerando que un trabajador autónomo que es parte de una Comunidad de Bienes no tiene derecho a la pensión de jubilación activa del 100%, ya que no tiene ningún trabajador contratado por cuenta ajena.
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