El Tribunal Superior de Justicia desestima la pretensión del trabajador, al entender que la extinción de los contratos se ha realizado conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores, al quedar acreditadas las causas económicas alegadas para justificar el despido. Resulta importante conocer que la Sala declara el despido procedente, aunque una de las condiciones impuestas por la arrendataria para la firma del contrato era que se llegara a un acuerdo con los empleados en el Ere para dar viabilidad económica a la sociedad, y ello porque la alternativa era la extinción total de los puestos de trabajo.
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