¿Tienen derecho a percibir el complemento salarial los trabajadores que tengan una IT derivada de la COVID 19?

Desestimación por vacío legal: Se rechaza demanda sindical sobre complemento salarial por IT de COVID-19, ante la caducidad del marco legal de apoyo

¿Tienen derecho a percibir el complemento salarial los trabajadores que tengan una IT derivada de la COVID 19?
Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana del 29/09/2020 en materia de COVID-19

Resumen

El sindicato demandó a la empresa ante los trinunales, buscando el reconocimiento de un complemento salarial, según el Convenio Colectivo, para empleados de baja COVID.

Supuesto de hecho

  • Un sindicato demanda a una empresa con el fin de que se reconozca el complemento establecido en el Convenio Colectivo a todos los trabajadores que causen baja a raíz del COVID 19.
  • Celebrado el acto de conciliación el 26 de junio de 2020, este acabo sin acuerdo.

  • Ante este hecho, el sindicato demanda a la empresa ante los Tribunales.

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si los trabajadores en incapacidad temporal a causa de la COVID 19, tienen derecho a percibir a parte de su salario (75% de la base reguladora) la mejora voluntaria prevista en el artículo 32 del Convenio Colectivo.
  • En un primer momento, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana aplicando los RD aprobados para combatir la crisis sanitaria originada por la COVID 19, consideró que las bajas por coronavirus sí que son asimilables a una IT por contingencia profesional, todo ello con el fin de proteger la salud pública.
  • Sin embargo, debido a que el Congreso de los Diputados no convalido un nuevo RD que daba cobertura legal a estos supuestos, nos encontramos ante un vacío legal. 

  • Por tanto, a este caso no le será de aplicación los RD aprobados para combatir la crisis sanitaria, pues estos decayeron en agosto de 2020, sino que habrá que estudiar caso por caso, y ver si la IT por coronavirus es asimilables a una contingencia profesional.

Conclusión Lexa

El TSJ de la Comunidad Valenciana, desestima el recurso interpuesto por el sindicato, al considerar que hay un vacío legal normativo que regule las situaciones de baja por COVID 19 y, que por tanto no corresponde el complemento salarial exigido. Además, debido al vacío normativo, los casos que se susciten de ahora en adelante habrán de ser estudiados de manera singular y ver que casos de COVID 19 son asimiladas a una contingencia profesional. 

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