¿Tiene un trabajador acción susceptible de ser ejercitada para el reconocimiento de su antigüedad?

Controversia legal sobre reconocimiento de antigüedad laboral y su impacto en derechos del trabajador

Sentencia del Tribunal Supremo del 27/09/2022 en materia de SALARIO

Resumen

El Tribunal Supremo condena a la empresa a reconocer la acción declarativa que posee el trabajador y al reconocimiento de una antigüedad superior a la establecida, para el cómputo de la cuantía de la indemnización correspondiente. 

Supuesto de hecho

  • El trabajador viene prestando servicios para la empresa, a lo largo de diversos periodos, como agente de servicios dentro del aeropuerto desde el año 2010.
  • Se le reconoce por parte de la empresa una antigüedad remitida al 7/03/2017 en los recibos del año 2018.
  • De comprimirse los periodos de prestación de servicios, la antigüedad alcanzaría al 12/04/2012.
  • El trabajador, disconforme, interpuso demanda contra el empleador solicitando que se reconozca su derecho a ostentar antigüedad desde el 19/07/2007.
  • La sentencia de instancia estima la excepción de falta de acción, a lo que el trabajador interpuso recurso de suplicación, estimado por el Tribunal Superior de Justicia. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión objeto de controversia consiste en determinar si el demandante tiene acción susceptible de ser ejercitada frente a la empresa, encamina al reconocimiento de su antigüedad como consecuencia de la sucesión de contratos temporales.
  • La solicitud del reconocimiento de antigüedad es una acción que conlleva un interés actual digno de tutela, ya que pueden dar derecho a complementos o preferencias en el caso de despido colectivo.
  • Se argumenta en la sentencia que el ejercicio de las acciones declarativas esta condicionado a que estén justificada, es decir, que concurra una necesidad de protección jurídica.
  • En el presente caso, la empresa reconoce la antigüedad del trabajador desde el año 2017, lo cual tiene incidencia en la esfera de los derechos del trabajadores.
  • Razona la sentencia que, en base a los elementos de principios de seguridad jurídica e igualdad en la aplicación de la ley obliga, se procede a desestimar el recurso, confirmando la sentencia recurrida.
  • Por lo tanto, se condena a la parte a reconocer la antigüedad real del trabajador, computando esta para el pago de la indemnización correspondiente.

Conclusión Lexa

El Tribunal Supremo confirma la sentencia de instancia afirmando que el trabajador posee la acción declarativa para solicitar el reconocimiento de una antigüedad superior a la que la empresa le reconoce, a efectos de computar esta para el cálculo de la indemnización.

Enlace

Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.