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El TS impone la obligación de la empresa a mantener la vigencia del contrato de un trabajador relevista, o sustituirlo si ha cesado, incluso en el caso de que la empresa se encuentre en una situación de ERTE que afecte a toda la plantilla.
El TS desestima el recurso ya que, en el caso de un ERTE, no se extingue el contrato de trabajo del jubilado parcial y, por lo tanto, la empresa tiene la obligación de mantener la vigencia del contrato del relevista o sustituirlo, en caso de que hubiera cesado. Por lo tanto, ante el incumplimiento de esta obligación la empresa es responsable del pago de la pensión de jubilación parcial del trabajador relevado.
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