El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de casación unificadora interpuesto por la progenitora de una familia monoparental y reconoce su derecho a disfrutar de diez semanas adicionales de prestación por nacimiento y cuidado del menor, en concepto del permiso que habría correspondido al otro progenitor. La Sala modifica su anterior doctrina y acoge el nuevo criterio impuesto por el Tribunal Constitucional, que ha declarado inconstitucional la regulación vigente por discriminar a los menores nacidos en familias monoparentales.
En las familias monoparentales, la persona progenitora única tiene derecho a disfrutar de diez semanas adicionales de prestación por nacimiento y cuidado del menor, en concepto del permiso que habría correspondido al otro progenitor. El Tribunal Supremo acoge así la doctrina del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la regulación vigente por discriminar a los menores de familias monoparentales, obligando a su corrección mediante interpretación judicial mientras no se reforme la normativa.
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