El Tribunal Supremo declara que la suscripción de un convenio especial en materia de jubilación no implica la inclusión en un régimen de Seguridad Social, ya que no implica el desempeño de una actividad laboral. Por tanto, el trabajador no queda incluido en un régimen de Seguridad Social por suscribirse en un convenio especial.
En virtud de la sentencia del Tribunal Supremo, se establece que la suscripción de un convenio especial no conlleva la inclusión del trabajador en un régimen de seguridad social, puesto que no implica la realización de una actividad laboral. En consecuencia, al suscribirse en un convenio especial, el trabajador no queda afiliado a ningún régimen de seguridad social, a pesar de que despliegue algunos efectos jurídicos.
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