¿Qué significa recibir una carta de despido por causas productivas sin mención de indemnización o preaviso?
Análisis de los Requisitos de Forma y Derechos Omisos en el Despido por Causas Productivas
Sentencia del Tribunal Supremo del 07/02/2012 en materia de DESPIDO OBJETIVO
Resumen
Un trabajador recurre a la justicia al recibir la carta de despido objetivo sin mención a la indemnización y sin preaviso.
Supuesto de hecho
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El trabajador recibe de la empresa carta de despido, notificándosele la necesidad de amortizar su puesto de trabajo por causas productivas.
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En la misma se señalaba la falta de liquidez de la empresa y nada dice en relación a la indemnización y falta de preaviso.
Consideraciones jurídicas
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El Tribunal establece que la cuestión planteada es la relativa a si la sentencia que declara la procedencia de la extinción contractual determinada por la necesidad objetivamente acreditada de amortizar el puesto trabajo, excluye -o no- pronunciamiento alguno sobre la indemnización y preaviso excluidos en la comunicación de cese con el alegato de falta de liquidez.
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Además, la Sala recuerda que son 3 los requisitos para la validez formal de tales ceses [comunicación escrita; puesta a disposición de la indemnización; y concesión del plazo de preaviso de un mes o alternativo abono de los salarios correspondientes a dicho periodo].
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Por tanto, la posible elusión legal de la simultánea puesta a disposición de la indemnización y del importe correspondiente al preaviso no observado tiene la exclusiva finalidad de evitar el pronunciamiento de nulidad que en principio comportaría el incumplimiento de aquellos requisitos.
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A tal fin, recuerda el Tribunal, que tal exención de simultánea puesta a disposición se entiende sin perjuicio del derecho del trabajador de exigir del empresario su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva.
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Por otro lado, si el trabajador tiene derecho a la indemnización y no la hubiese percibido, tendrá lugar la de condena a su abono.
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Finalmente, la Sala concluye que la sentencia que declare la procedencia de la extinción por la concurrencia de causa legal, en todo caso ha de acoger la pretensión subsidiaria sobre condena al abono de los conceptos todavía no satisfechos.
Conclusión Lexa
La sentencia concluye que, aunque el despido por causas productivas pueda estar justificado, la falta de cumplimiento de los requisitos formales de preaviso e indemnización no puede ser ignorada. En consecuencia, la empresa debe cumplir con estas obligaciones. Así, cualquier omisión en estos aspectos debe ser rectificada mediante la condena al pago de los montos correspondientes, asegurando la protección de los derechos laborales del trabajador afectado.