La presente sentencia confirma la doctrina señalada por los Tribunales sobre despidos realizados durante un ERE de suspensión, razón por la cual, al formalizar el ERE de suspensión previo, siempre habrá que preavisar de la posibilidad de tener que realizar despidos si se mantuviese la situación. Es la única forma de tener plenas garantías para futuros despidos durante la suspensión.
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