La Audiencia Nacional considera que es perfectamente válido negociar un plan de igualdad de grupo, formando una unidad de negociación supraempresarial, aunque cada empresa cuente con su propia unidad negociadora.
La Audiencia Nacional declara ajustada a derecho la creación de una unidad negociadora por parte de un grupo de empresas para el desarrollo del Plan de Igualdad, aunque las empresas que lo engloban ya dispongan de unidad negociadora. Por lo tanto, para aquellos Planes de igualdad correspondientes a empresas que conformen grupos de empresas que estén expirados o a punto de expirar, es posible realizar un único Plan de Igualdad para todos ellos con una comisión nueva que englobe todos ellos.
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