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En la presente sentencia, se declara la nulidad de modificación colectiva de condiciones de trabajo debido al incumplimiento empresarial de su obligación de aportar, en el período de consultas, la documentación económica necesaria. Considera el Supremo que no hay negociación de buena fe, puesto que la empresa no acepta ninguna de las propuestas del comité. Y es que, en el presente caso, la documentación solicitada por los trabajadores era la misma documentación que en el despido colectivo. De esta forma, el Tribunal Supremo considera que la empresa ha obrado de mala fe, por no aportar una "documentación parecida" a la requerida en los supuestos de despido colectivo.
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