¿Se debe ampliar proporcionalmente el permiso de lactancia en caso de parto múltiple si el convenio no establece nada al respecto?

 ¿Se debe ampliar proporcionalmente el permiso de lactancia en caso de parto múltiple si el convenio no establece nada al respecto?
Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de País Vasco del 22/05/2024 en materia de PERMISOS Y DESCANSOS

Resumen

El TSJ del País Vasco establece que no ampliar proporcionalmente el permiso de lactancia en partos múltiples puede considerarse discriminatorio y perjudicial para el interés superior del menor.

Supuesto de hecho

  • La trabajadora venía prestando servicios para la empresa con la categoría de gerocultora desde el año 2014.
  • La trabajadora fue madre de dos gemelos, y solicitó con fecha 14/09/2023 la acumulación del permiso de lactancia y atendiendo a que se trataba de parto múltiple, le correspondían 6 semanas de licencia.
  • La empresa denegó la petición de la trabajadora, determinando que únicamente le correspondían 3 semanas de acumulación que se prevén en el convenio, sin tener en cuenta el parto múltiple de la trabajadora.
  • La trabajadora, al considerar que tenía derecho a las 6 semanas y no únicamente a las 3 que le reconoce la empresa, presenta demanda ante los tribunales. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión objeto de litigio es considerar si, en caso de parto múltiple, el permiso de lactancia acumulado debe extenderse proporcionalmente al número de hijos, dado que el convenio colectivo no especifica una duración diferenciada para esta situación.
  • En primer lugar, el Estatuto de los Trabajadores solo prevé la extensión del permiso de lactancia en casos de partos múltiples cuando se opta por la modalidad de una hora de ausencia diaria, y deja la acumulación de jornadas para la negociación colectiva
  • En este caso, el convenio colectivo de aplicación nada dice al respecto de la posible acumulación en caso de parto múltiple. 
  • Razona la sentencia que en este caso la interpretación de la norma debe favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y el interés superior del menor, como reflejan los artículos 14 y 39 de la Constitución.
  • Además, como el permiso de lactancia busca proteger el bienestar del menor y fomentar la igualdad de género, negar una extensión proporcional en casos de partos múltiples genera una discriminación hacia las madres y perjudica al menor.
  • Por ello, debe interpretarse el permiso de lactancia en función del número de hijos, lo que en este caso llevaría a un periodo de seis semanas para dos hijos, aplicando el principio de proporcionalidad.
  • Por lo tanto, se estima la demanda de la trabajadora.

Conclusión Lexa

El TSJ del País Vasco concluye que la ampliación proporcional del permiso de lactancia en casos de partos múltiples responde a los principios de igualdad de género y al interés superior del menor, establecidos tanto en la Constitución como en normas nacionales e internacionales. Por lo tanto, en una interpretación conforme a estos valores, se debería conceder una duración proporcional del permiso en función del número de hijos, evitando así una discriminación.

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