No operará la subrogación en la contrata, en aquellos supuestos en los que el convenio colectivo prevea como requisito la puesta en conocimiento de la información relevante por parte de la empresa saliente, y esta incumpla dichos requisito. Ahora bien, se trata de supuestos de “documentación imprescindible” para conocer las circunstancias profesionales de los trabajadores afectados para poder justificar haberse atendido las obligaciones dinerarias y de seguridad social.
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