El Tribunal Supremo establece que, en el caso de un representante legal de los trabajadores despedido por motivos disciplinarios que solicita ejercer las funciones representativas mientras se declara la procedencia del despido, ello no es posible salvo que se soliciten medidas cautelares en virtud del 180.2 LRJS.
En el supuesto de que un representante legal de los trabajadores pretenda ejercer sus funciones representativas durante el proceso de impugnación de su despido, la empresa podrá negar la posibilidad de ejercer dichas funciones a pesar de que no haya sentencia que declare la procedencia del despido salvo que lo planteen como una medida cautelar.
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