El Tribunal Supremo incluye en el cómputo de los despidos del ERE las bajas producidas por los trabajadores de mutuo acuerdo a iniciativa de la empresa.
El Tribunal Supremo estima el recurso determinando que se debe tener en cuenta para realizar el cómputo de despido colectivo las renuncias acordadas entre trabajador y empresario de mutuo acuerdo, si se producen al mismo tiempo que un ERE.
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