¿Prevalece el derecho del trabajador en excedencia voluntaria al de contrato temporal o de tiempo parcial?
Derechos y Reincorporaciones: La Contienda entre Excedencia Voluntaria y Transformación Contractual
Sentencia del Tribunal Supremo del 12/02/2015 en materia de CONTRATOS TEMPORALES
Resumen
Un empleado de una empresa tomó una excedencia voluntaria de 5 años. Antes de finalizar su excedencia, notificó su deseo de reincorporarse, a lo que la empresa respondió que lo haría cuando fuera posible. Cinco años más tarde, el trabajador, consciente de vacantes surgidas tras su solicitud de reingreso y sin haber sido reincorporado, exigió su readmisión.
Supuesto de hecho
- El trabajador prestaba sus servicios por cuenta de la empresa con categoría de agente de servicios auxiliares.
- En 2001 el trabajador solicitó, y le fue concedida, excedencia voluntaria por 5 años, y antes de agotar la excedencia el trabajador comunicó a la empresa su decisión de reincorporarse.
- La empresa comunicó que, tan pronto como fuera posible, intentaría reincorporarle.
- Cinco años después, el trabajador comunicó a la empresa que conocía que se habían producido vacantes con posterioridad a su solicitud de reingreso, y no se le había reingresado, y solicitaba su reingreso.
- La empresa había procedido a transformar contratos de trabajadores fijos de actividad continuada a tiempo parcial en contratos fijos de actividad continuada a tiempo completo; contratos fijos discontinuos en contratos fijos a tiempo completo; y contratos eventuales en contratos fijos de actividad continuada a tiempo parcial.
- El trabajador demanda a la empresa solicitando su readmisión y, tras ser desestimada su pretensión, presenta un recurso de casación para unificación de la doctrina.
Consideraciones jurídicas
- El artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores reconoce al trabajador excedente “un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa”.
- En este caso concreto, se trata de analizar y determinar el alcance que tiene esta preferencia del trabajador tras la excedencia, en relación con la ocupación de puestos de trabajo acordes con su categoría profesional mediante la conversión de contratos de duración determinada y a tiempo parcial, en contratos indefinidos y a tiempo completo.
- La jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara en esta materia, recordando que se trata de un "derecho potencial o expectante, condicionado a la existencia de vacante en la empresa, y no un derecho incondicionado, ejercitable de manera inmediata en el momento en que el trabajador excedente exprese su voluntad de reingreso".
- Por lo que resulta lícito que la empresa disponga de la plaza en el correcto ejercicio de sus facultades de dirección y organización del trabajo. Esta doctrina se aplica a supuestos en los que el trabajador está disfrutando de la excedencia, surgiendo el problema cuando el trabajador ya ha solicitado su intención de reingreso, como sucede en este caso concreto.
- Entiende el Tribunal Supremo que, a pesar de que la transformación de los contratos no supone el acceso de personal externo a la empresa, una vez que conoce la empresa la pretensión de reincorporación del trabajador para ocupar una plaza vacante, ésta debería atender a su pretensión, ante las situaciones que se produjeran a partir de dicho momento.
- De esta forma, a juicio de la Sala, la preferencia del trabajador en excedencia es decisiva ante la evidencia de la existencia de puestos de trabajo de las características del que ocupaba el trabajador excedente, de forma que, antes de convertir los contratos, la empresa tuvo que tener en cuenta el derecho del trabajador aunque la transformación del empleo precario en empleo fijo viniera impuesta por compromisos colectivos.
- Es por ello que el Tribunal Supremo estima el recurso, y la empresa debe readmitir al trabajador y abonar la indemnización de los salarios dejados de percibir.
Conclusión Lexa
A pesar de que la conversión de contratos no suponga el acceso de personal externo de la empresa, el Tribunal Supremo entiende que prevalece el derecho del trabajador en excedencia voluntaria frente a los trabajadores con contrato temporal o a tiempo parcial.