¿Puede un trabajador reclamar la condición de fijo tras firmar sucesivos contratos de obra o servicio antes de junio de 2010?

Evaluación de la Fijeza Laboral en Contratos de Obra con Diversas Localizaciones y Tareas

Sentencia del Tribunal Supremo del 08/02/2012 en materia de CONTRATOS TEMPORALES

Resumen

Tras realizar sucesivos contratos temporales en 24 meses, solicita al tribunal se le reconozca como trabajador fijo.

Supuesto de hecho

  • Un trabajador firma con la misma empresa sucesivos contratos de obra o servicio determinados, para la ejecución de diferentes obras localizadas en distintos lugares.
  • Todos ellos son suscritos antes del 18 de junio de 2010.
  • Este trabajador reclama la condición de fijo razonando que ha prestado servicios de la misma categoría profesional durante más de 24 meses en un plazo de 30.

Consideraciones jurídicas

  • La Sala determina que la sucesión de contratos suscritos antes del 18-6-2010 no conlleva la conversión de la relación laboral en indefinida a la concatenación de contratos temporales en los que el trabajador haya desempeñado el mismo puesto de trabajo.
  • Para el Tribunal, no puede atribuirse ese carácter, aun cuando la categoría ostentada haya sido la misma, si en el transcurso de los contratos encadenados las obras, objeto de los mismos, han sido diferentes y su localización también.
  • Su razonamiento se basa en que la norma de aplicación (ET art.15.5) no contempla la realización de labores de la misma categoría profesional sino que exige el desempeño del mismo puesto de trabajo.
  • En consecuencia, no cabe atribuir la condición de fijo al trabajador, aun cuando la categoría ostentada haya sido la misma, si en el transcurso de los contratos encadenados las obras, objeto de los mismos, han sido diferentes y su localización también.
  • Y finalmente recuerda que, como ya expresó en otras sentencias, la diferente localización de las obras es determinante para la consideración de que el puesto de trabajo no es el mismo.

Conclusión Lexa

La sentencia concluye que el trabajador no puede ser considerado como empleado fijo a pesar de haber trabajado en sucesivos contratos de obra o servicio con la misma empresa, debido a que cada contrato correspondió a obras diferentes y en distintas ubicaciones.

Enlace

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