¿Cómo computa la antigüedad de un trabajador que es fijo discontinuo tras contratos temporales en fraude de ley?
Demanda laboral: Empleada exige reconocimiento de antigüedad desde su primer contrato temporal
Sentencia de Tribunal Supremo del 11/05/2016
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Resumen
Aunque la empresa transforme voluntariamente una relación de varios contratos temporales en un contrato indefinido fijo discontinuo, la antigüedad computa a todos los efectos desde el primer día si hubo fraude de ley.
Supuesto de hecho
La trabajadora, agente administrativa de una compañía aérea, había empezado a trabajar para la empresa con diversos contratos temporales, hasta que se le formalizó uno fijo discontinuo.
En concreto, el primer contrato temporal se suscribió en noviembre de 1999 y no fue hasta febrero de 2003 cuando se formalizó un contrato indefinido fijo discontinuo.
La empresa únicamente reconoció la antigüedad desde el primer día a efectos del percibo del premio de antigüedad, al estar obligada expresamente por el convenio colectivo.
No obstante, la trabajadora interpone demanda frente a la empresa solicitando que se declare su derecho a que se le computen todos los periodos trabajados, desde el primer contrato temporal, a efectos de antigüedad en la empresa (y no solo a efectos del percibo del premio por antigüedad).
Consideraciones jurídicas
En su sentencia, el Tribunal Supremo deja claro que si se demuestra que los contratos temporales fueron fraudulentos porque no existía la causa que justifica recurrir a esta modalidad o porque se recurrió al contrato temporal cuando debió formalizarse desde el principio un contrato indefinido fijo discontinuo, la antigüedad computa desde el primero de los contratos.
De lo contrario, a juicio de la Sala, la larga cadena de contratos temporales beneficiaría a quien negocia fraudulentamente (la empresa) y va en perjuicio de quien es defraudado en sus derechos laborales (el trabajador).
Y esto es así, concluye el Supremo, aunque en un momento dado la empresa haya querido reparar la defectuosa contratación inicial (sucesivos contratos temporales fraudulentos), pasando a formalizar un contrato indefinido fijo discontinuo.
Por todo ello, y más allá de que a efectos del cálculo del premio de antigüedad y de progresión en la empresa ya se hayan tenido en cuenta los contratos temporales porque así lo obliga el convenio colectivo, el Tribunal Supremo concluye que la antigüedad de la trabajadora de computar desde el primer día (es decir, desde el inicio del primero de los contratos temporales) a todos los efectos.
Conclusión Lexa
En el supuesto de una sucesión fraudulenta de contratos temporales anteriores a la fecha del reconocimiento de la condición de fijo discontinuo, la antigüedad del trabajador deberá computar desde el comienzo de la relación laboral (esto es, desde el inicio del primero de los contratos temporales).
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