¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
El Tribunal Superior de Justicia no aprecia mala fe en el hecho de que las negociaciones se prolongaran más de lo que prevé la norma, siendo la prórroga de las negociaciones de mutuo acuerdo. Asimismo, considera que la duración del periodo de consultas por encima de los 30 días no está contenida en los supuestos de nulidad del despido colectivo de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.