¿En qué situaciones el comité de empresa no tiene legitimación en materia de conflicto colectivo?

Discrepancia judicial sobre las condiciones retributivas de los trabajadores de la ETT y la legitimación del Comité de Empresa en el conflicto

Sentencia de Tribunal Supremo del 09/07/2012

Supuesto de hecho

  • En el centro de trabajo concurren los trabajadores propios de la empresa usuaria con los de la ETT, con la misma hora de entrada y de salida pero con distintas condiciones retributivas de los tiempos de descanso.
  • El Juzgado de lo Social estima la excepción de falta de legitimación activa de los Representantes de los Trabajadores.
  • Los Representantes de los Trabajadores recurren y el Tribunal Superior estima que el Juzgado de lo Social ha de entrar al fondo del asunto.
  • Las empresas plantean Recurso de Casación para unificación de doctrina.

Consideraciones jurídicas

  • El Tribunal va a determinar si el Comité de Empresa de la empresa usuaria se encuentra legitimado para presentar demanda de conflicto colectivo en defensa de determinados derechos de los trabajadores en misión, puestos a su disposición por la ETT.
  • El Tribunal entiende que los representantes de los trabajadores en la empresa usuaria tienen atribuida la de los trabajadores en misión únicamente en lo que a las condiciones de ejecución de la actividad laboral se refiere, pero no en aquellas reclamaciones que hayan de formular frente a la empresa de la que dependen, como son las referidas al sistema retributivo.
  • El alcance de la expresión legal "condiciones de ejecución de la actividad laboral", no pueden vincularse éstas al percibo de las retribuciones que, como se ha visto, es responsabilidad única de la titular de la relación de trabajo, esto es, la empresa de trabajo temporal.

Enlace

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