El Tribunal Supremo establece que han de incluirse en el cálculo del complemento todas las retribuciones fijas, entendiendo por tales también las percibidas de forma variable y periódica.
El Tribunal Supremo establece que a efectos de realizar el cálculo del complemento retributivo de la prestación por IT deben incluirse todas las retribuciones fijas, entendiendo por tal concepto aquellas que sean abonadas a los trabajadores de forma asidua en la prestación de los servicios.
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