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El TS desestima el recurso de casación confirmando la sentencia de la Audiencia Nacional por entender que efectivamente concurren causas económicas plasmadas en la caída de ventas del sector textil que justifica la fijación de un suelo mínimo para percibir la comisión por ventas. El TS hizo suyos los argumentos de la empresa y considera que la medida es razonable al haberse establecido como contrapartida de la misma el incremento de los porcentajes de comisión.
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