¿En qué consisten los contratos fijos-discontinuos?

Controversia laboral: Trabajadores denuncian despido improcedente ante falta de convocatoria anual

Supuesto de hecho

  • Trabajadores fijos discontinuos reciben una comunicación de la empresa poniendo en su conocimiento que debido a la reducción del consumo no van a ser llamados ese año.

  • En los contratos de los trabajadores figura que van a ser llamados durante un periodo mínimo de 3 meses cada año.

  • La comunicación explica que la campaña de ese año será cubierta con el personal fijo, pero que previsiblemente contaran con ellos el próximo año.

  • Los trabajadores demandan por despido improcedente.

Consideraciones jurídicas

  • Examinada la comunicación dirigida por el empresario a los trabajadores, entiende el Tribunal, que de la misma no resulta voluntad resolutoria alguna del contrato de trabajo.

  • La comunicación de la empresa no constituye un despido, sino que los actos de la misma dejan clara su evidente voluntad de no extinguir los contratos y continuar con la relación laboral mantenida hasta entonces con los actores, como es el hecho de que en el año siguiente procediera a llamarles para la campaña de dicho año.

  • El Tribunal entiende que pueda existir un incumplimiento de la demandada por no haber procedido al llamamiento de los trabajadores durante, al menos, tres meses en ese año, habiendo procedido a suspender los contratos de trabajo sin seguir el procedimiento legalmente establecido. No obstante, tal incumplimiento no constituye un despido.

Enlaces

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