¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por un jubilado al que se le había denegado el complemento de maternidad del 10% en su pensión por estar ya reconocido a su esposa. La Sala declara que, para las pensiones causadas entre enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, el complemento puede reconocerse también al progenitor varón si cumple los requisitos, aunque la madre ya lo perciba, como resultado de la interpretación conforme a la jurisprudencia del TJUE. La sentencia reconoce al actor el derecho al complemento desde el hecho causante de su pensión, el 1 de agosto de 2017.
El complemento de maternidad por aportación demográfica aplicable a pensiones causadas entre 2016 y el 3 de febrero de 2021 puede reconocerse a ambos progenitores si cumplen los requisitos, aunque uno de ellos ya lo perciba. La interpretación conforme a la doctrina del TJUE obliga a extender la titularidad y descartar restricciones no previstas en la ley.
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.