Una madre de mellizos, juez en ejercicio, solicitó a la Administración un permiso de lactancia de 5 semanas y renunció a las tres restantes en favor de su marido, funcionario de Policía.
La Administración denegó el permiso al padre, alegando que debía ser uno u otro progenitor el que tuviera derecho al periodo de lactancia, pero no ambos.
La Sala entiende que ambos padres pueden compartir el permiso, lo que contribuye a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, frente al criterio del Ministerio Fiscal de que debía ser uno u otro progenitor el que tuviera derecho al periodo de lactancia.
La Sala considera que la interpretación de la Administración restringe el derecho, cuando en el Estatuto Básico del Empleado Público lo confiere "a cualquiera de los progenitores, de ahí el uso de la expresión indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen".
La ley lo único que impone es que en el periodo de su disfrute sólo uno de los progenitores lo utilice, pero como señala el Tribunal "no cercena ni prohíbe el uso compartido de forma sucesiva entre ambos durante el total del periodo de duración".
Además, la Sala cree que entender la norma según la interpretación dada es la más correcta, pues supone que ambos progenitores puedan atender y cuidar al menor de edad, llevando a una mayor protección de la conciliación de la vida familiar y laboral.
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