El Tribunal Constitucional reconoce el derecho de una madre monoparental a ampliar su permiso por nacimiento y cuidado del menor para incluir el tiempo que, en una familia biparental, correspondería al otro progenitor. La sentencia establece que denegar esta ampliación vulnera el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución Española, ya que supone un trato discriminatorio para los hijos de familias monoparentales en comparación con los de familias biparentales.
El Tribunal Constitucional refuerza la protección de las familias monoparentales y su derecho a un permiso de maternidad equiparable al de una familia biparental. La sentencia subraya que la igualdad no solo implica evitar diferencias de trato injustificadas, sino también garantizar que todos los menores tengan acceso a los mismos derechos y condiciones de cuidado, sin verse perjudicados por la estructura familiar en la que nacen.
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