¿Puede la empresa modificar acuerdo sobre jornada y horario firmado con sindicatos?

El acuerdo entre empresa y Comité Intercentros sobre jornada y horario: ¿Es válido en virtud de la normativa laboral?

 ¿Puede la empresa modificar acuerdo sobre jornada y horario firmado con sindicatos?
Sentencia de Audiencia Nacional del 29/09/2012

Resumen

Los sindicatos demandan la nulidad de un acuerdo sobre jornada y horario suscrito entre la empresa y el Comité Intercentros, alegando que la empresa no puede modificar unilateralmente dicho acuerdo.

Supuesto de hecho

  • Los Sindicatos ostentan la condición de sindicatos más representativos a nivel estatal y están implantados debidamente en la empresa.
  • La empresa demandada regula sus relaciones laborales por el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes. La empresa demandada y el Comité Intercentros suscribieron acuerdo de jornada y horario tras varias reuniones en el periodo de consultas.
  • Los sindicatos demandan a la empresa para solicitar la nulidad del acuerdo.

Consideraciones jurídicas

  • La Audiencia considera que cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar, se podrá proceder, previo desarrollo de un periodo de consultas a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa.
  • A su vez, considera que cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo, se presumirá que concurren las causas justificativas, y sólo podrá ser impugnado ante la jurisdicción social por la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su

Conclusión Lexa

El acuerdo deberá determinar con exactitud las nuevas condiciones de trabajo aplicables en la empresa y su duración, que no podrá prolongarse más allá del momento en el que resulte aplicable un nuevo convenio en dicha empresa.

¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento

Generando tu respuesta...

Estamos procesando tu consulta. Esto puede tardar unos segundos.

Enlaces

Vea el enlace original de la sentencia:  Ver sentencia

Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.