El caso se trata de determinar si una empresa debe pagar la jubilación parcial de un trabajador cuando lo despide por razones económicas sin reemplazarlo. El INSS presentó un recurso de casación en Unificación de Doctrina, que fue estimado, a pesar de que el Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia no responsabilizaron a la empresa.
En este supuesto, entiende el Tribunal Supremo, que la empresa puede rescindir el contrato del jubilado parcial sin que se devenga responsabilidad alguna hacia la empresa en materia de prestaciones. No obstante, en todo caso, no podrá rescindir el contrato de relevo, y de hacerlo, deberá restituirlo en el plazo de 15 días.
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