¿Cuándo puede darse un despido colectivo por huelga?

Conflictos laborales y medidas legales en la empresa Celsa Atlantic, S.L.

Sentencia de Tribunal Supremo del 20/09/2013

Resumen

Los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no sustituyan al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar.

Supuesto de hecho

  • La empresa 'Celsa Atlantic, S.L.', que forma parte del Grupo 'Celsa España' se dedica a la fabricación y comercialización de fleje laminado en caliente y de tubo de acero conformado en frío y caliente y cuenta con dos centros de trabajo en Araba, un centro en A Coruña y otro en Orense.

  • El 20 de abril de 2012 la empresa Celsa Atlantic, S.L. comunicó al Comité Intercentros el inicio de un período de consultas de duración no superior a 15 días a los efectos de proceder a la adopción de diversas medidas: a) una modificación sustancial de las condiciones de trabajo; b) la inaplicación del Convenio Colectivo de empresa en los centros de Araba.

  • El día 3 de mayo el Comité Intercentros decidió convocar una huelga indefinida a partir del día 8 de mayo y así lo comunicó en esa misma fecha a la Delegación Territorial de Trabajo.

  • El 6 de mayo se celebró Asamblea, que rechazó la propuesta de la empresa y secundó la convocatoria de huelga indefinida propuesta por el Comité.

  • El día 8 de mayo comenzó la huelga. Ese mismo día la empresa dio por finalizado el período de consultas.

  • El día 18 de junio la empresa comunicó a la Autoridad Laboral y al Comité Intercentros su decisión sobre el ERE iniciado el día 9 de mayo, consistente en el cierre de los dos centros de Araba y la extinción de los contratos de toda la plantilla.

  • Los despidos efectuados hasta la fecha del juicio oral son 178. De entre esas 178 personas despedidas, todas habían secundado la huelga iniciada el día 8 de mayo a excepción de 4.

  • A la fecha del juicio oral permanecían en alta en la empresa 177 personas, de las que 37 continuaban secundando la huelga y 140 o bien la habían abandonado en el mes de julio o bien no la habían iniciado.

  • Los trabajadores despedidos formulan demanda solicitando la nulidad del despido colectivo, por vulnerar los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical de los trabajadores.

Consideraciones jurídicas

  • El legislador de 2012 ha querido además, y así lo ha hace constar en la exposición de motivos de la Ley 3/2012 (apartado V), que los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no sustituyan al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar.

  • Limita, por tanto, su control a verificar que las causas económicas alegadas existen, que tienen seriedad suficiente para justificar una reestructuración de los objetivos y de los recursos productivos de la empresa, que no son por tanto un pretexto o excusa para despedir, y que la supresión o amortización de puestos de trabajo acordada es una medida apropiada (o una de las medidas apropiadas) para hacerles frente.

  • En contra de lo que han alegado en el caso las partes demandantes, no corresponde en el derecho vigente a los órganos jurisdiccionales, al valorar las causas de los despidos económicos, efectuar un juicio de proporcionalidad en el sentido técnico- jurídico de la expresión, el cual presupone una valoración del carácter indispensable de la decisión adoptada, sino un juicio de adecuación más limitado, que compruebe la existencia de la causa o causas alegadas, su pertenencia al tipo legal descrito en el artículo 51ET , y la idoneidad de las mismas en términos de gestión empresarial en orden a justificar los ceses acordados.

Conclusión Lexa

Limita, por tanto, su control a verificar que las causas económicas alegadas existen, que tienen seriedad suficiente para justificar una reestructuración de los objetivos y de los recursos productivos de la empresa, que no son por tanto un pretexto o excusa para despedir, y que la supresión o amortización de puestos de trabajo acordada es una medida apropiada (o una de las medidas apropiadas) para hacerles frente.

Enlaces

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