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El Tribunal declara la nulidad del inciso debido a que un convenio colectivo (el de Limpieza) no puede incluir en su ámbito de aplicación a centros que tengan un convenio propio en vigor (los CET). Además, no se puede aplicar el convenio de limpieza a un colectivo especialmente protegido por el convenio colectivo de los CET.
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