El Tribunal Supremo declara nulos los despidos realizados por el procedimiento de despido colectivo, al considerar que la falta de entrega de la documentación al inicio del periodo de consultas privó de contenido a dicho periodo en el que no hubo ninguna clase de movimientos o acercamientos desde la parte empresarial.
¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.