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El TSJ ha avalado el despido disciplinario de una trabajadora que prestaba servicios mediante la modalidad de teletrabajo por no justificar los tiempos muertos. En este sentido, el Tribunal consideró que desobedeció las órdenes de la empresa al no registrar sus periodos de inactividad.
El Tribunal Superior de Justicia confirma el despido de la trabajadora al considerar que hubo desobediencia por su parte, ya que existían claras órdenes al respecto por parte de la empresa de registrar toda su actividad. Asimismo, la trabajadora fue advertida en numerosas ocasiones, incluso se le sancionó antes de proceder a su despido. No obstante, la empleada no llevó a cabo ningún cambio en su conducta, sino que, por el contrario, siguió infringiendo su deber de registrar toda su jornada laboral, constituyendo dicho comportamiento un incumplimiento grave, injustificado, culpable y continuado. Todo ello no puede tener otra consecuencia que la máxima sanción como es el despido disciplinario.
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