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Un trabajador por cuenta ajena ve cómo INSS rechaza su solicitud de prestación por maternidad porque la madre biológica no está incluida en ningun régimen de la Seguridad Social. El trabajador recurre a la justicia.
El Tribunal Constitucional considera que la diferencia de trato entre el supuesto de parto y el de adopción o acogimiento en cuanto al derecho del padre trabajador a disfrutar del permiso por maternidad y la correspondiente prestación económica, se encuentra justificada. Por tanto, no existe discriminación contraria al principio de igualdad.