¿El plus de transporte tiene naturaleza salarial o extrasalarial?
El plus de transporte, dependiendo de la forma en la que se abone, puede tener carácter salarial
Sentencia del Tribunal Supremo del 23/10/2023 en materia de SALARIO
Resumen
El Tribunal Supremo considera que el plus de transporte que se abona de forma mensual indistintamente, sin atender a la distancia o los días de efectiva prestación de servicios debe ser considerado como complemento de carácter salarial.
Supuesto de hecho
- El conflicto surge entre el sindicato y la empresa demandada al considerar que la absorción y compensación del plus de transporte no es aplicable.
- En el convenio colectivo de aplicación aparece reflejado el plus de transporte como una cuantía de igual remuneración mensual, sin mayor requisito para su abono.
- En fecha 27 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE el RD 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional en 30 euros/día o 900 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
- Ante esto, la empresa regulariza la situación salarial de los empleados, produciendo una absorción y compensación del plus de trasporte ante la subida de SMI.
- El sindicato, al considerar que no se habían respetado las exigencias del SMI ya que el plus citado debe tener naturaleza extrasalarial, interpusieron demanda contra la empresa.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión objeto de litigio es establecer si el plus de transporte o distancia pagado a los trabajadores tiene naturaleza salarial o extrasalarial.
- En primer lugar, el plus de transporte se establece como compensación a los gastos de desplazamiento y medios de transporte dentro de la localidad, así como desde el domicilio al centro de trabajo y su regreso.
- Es importante destacar que en el artículo 8 del convenio colectivo de aplicación se prevé la compensación y absorción de todos los conceptos y pluses, tengan carácter salarial o extrasalarial.
- Razona la sentencia que su consideración salarial o extrasalarial depende si este concepto remunera efectivamente los gastos de desplazamiento del trabajador. De esta forma, cuando no exista desplazamiento o traslado se tratará de un complemento salarial.
- En este caso concreto, el citado plus se paga los 12 meses del año bajo una cantidad idéntica todos los meses, sin tener en cuenta cuántos días acude el trabajador a trabajar, incluyendo también aquellos periodos en los que el trabajador se encuentra en una situación de incapacidad temporal.
- Por tanto, concluye la sentencia que el plus de transporte y desplazamiento en este caso tiene naturaleza salarial.
Conclusión Lexa
El Tribunal Supremo considera que cabe aplicar la compensación y absorción del plus de transporte con el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cuando se abona sin que exista un efectivo desplazamiento o traslado.