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Atendiendo a la normativa aplicable en este caso, el Tribunal Supremo establece que los comedores de gestión directa y comida in situ del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco no tienen que estar dotados de plantilla o personal de cocina perteneciente al mismo, sino que empresa homologada o subcontratada puede suministrar el personal de cocina.
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