¿El permiso retribuido por hospitalización de un familiar incluye el acompañamiento al servicio de Urgencias?

¿El permiso retribuido por hospitalización de un familiar incluye el acompañamiento al servicio de Urgencias?
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra del 22/02/2024 en materia de PERMISOS Y DESCANSOS

Resumen

El TSJ de Navarra considera el permiso retribuido por hospitalización de un familiar incluye Urgencias siempre que la atención suponga pernocta en el centro hospitalario. 

Supuesto de hecho

  • El trabajador ha venido prestando servicios para la empresa desde el año 1990 a tiempo completo y en virtud de relación laboral indefinida.
  • Según el calendario de trabajo, el 25 de abril de 2022 tenía descanso, debiendo prestar servicios los días 26 y 27 de abril.
  • El día 25 informó a la empresa de que su hija se encontraba en Urgencias, siendo ingresada ese mismo día por lo que no iba a poder acudir a trabajar en los días posteriores.
  • La empresa, al no contar con el justificante de hospitalización, le informa de que no le corresponde permiso retribuido.
  • Ante esta situación, el trabajador presenta recurso ante los tribunales, estima en primera instancia y recurrido por la empresa en este caso. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión objeto de litigio es considerar si el permiso retribuido por hospitalización de un familiar incluye el acompañamiento a urgencias.
  • En primer lugar, razona la sentencia que el término hospitalización debe incluir las urgencias, ya que en este caso conlleva un ingreso hospitalario.
  • Argumenta la sentencia que, dado que la visita a urgencias conlleva pernocta y una serie de pruebas, debe entenderse como una hospitalización.
  • Además, el trabajador realizó todos los trámites correspondientes, realizando el previo aviso y entregando el justificante de ausencia.
  • Por lo tanto, los tribunales desestiman el recurso de la empresa considerando existe hospitalización, aunque no lo exprese en el justificante de forma literal. 

Conclusión Lexa

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra establece que el ingreso en urgencias que conlleva pernocta y numerosas pruebas debe considerarse como ingreso hospitalario y, por tanto, le corresponde el permiso retribuido. 

Enlace

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