¿Están las empresas obligadas a llevar un registro diario de compensaciones por horas extras?
Sindicato pierde demanda sobre entrega de registros diarios de compensación por horas extra
Sentencia del Tribunal Supremo del 04/12/2019 en materia de SUBROGACIÓN Y SUCESIÓN DE EMPRESAS
Resumen
Un sindicato demandó que la empresa entregue a los representantes de los trabajadores las hojas diarias de registro de las horas extra y sus retribuciones.
Supuesto de hecho
- Un sindicato presenta demanda ante la Audiencia Nacional solicitando que se reconozca la obligación empresarial de entregar a los representantes de los trabajadores las hojas diarias de registro, firmadas por los trabajadores, de las compensaciones derivadas de realizar horas de más cuando la jornada laboral se prolonga. Todo ello a efectos de facilitar el seguimiento y control de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores.
- La Audiencia Nacional desestimó la demanda al entender que no existe obligación de llevar un registro diario de compensaciones por prolongaciones de jornada.
- En desacuerdo con la resolución, el sindicato decide interponer un recurso ante el Tribunal Supremo solicitando nuevamente un control y seguimiento diario de las horas extraordinarias realizadas por la plantilla, así como de las retribuciones derivadas de ellas.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión litigiosa consiste en determinar si la
empresa está obligada a notificar a los representantes legales de los
trabajadores, las hojas diarias de registro de compensaciones por prolongaciones
de jornada.
- En primer lugar, el TS reconoce el derecho de los
representantes de los trabajadores a ser informados mensualmente por el
empresario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores,
cualquiera que sea su forma de compensación, recibiendo a tal efecto copia de
los resúmenes mensuales.
- En el supuesto concreto, razona la sentencia, la
empresa cumple con este derecho ya que entrega a los representantes de los
trabajadores copia resumen mensual del registro diario de horas extraordinarias
por trabajador, así como información trimestral con expresión del número de
horas extraordinarias, especificando sus causas y distribuidas por centros de
trabajo.
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Sin embargo, concluye la Sala, no existe norma
legal, ni convencional, que exija el registro diario de las compensaciones de
prolongación de jornada, ya que la obligación legal de llevar un registro
diario de las horas extraordinarias no es extensible para estos supuestos.
Conclusión Lexa
Para el Tribunal Supremo, la obligación legal de llevar un registro diario de horas extraordinarias de cada trabajador, no se extiende a las compensaciones por prolongación de la jornada. En este sentido, la sentencia determina que las empresas no están obligadas a registrar las compensaciones de horas extraordinarias por prolongación de la jornada. De esta forma, la sentencia confirma el criterio de la sentencia de la Audiencia Nacional, de 10 de enero de 2018.