El Tribunal Supremo considera que, aunque se declare nula la cláusula, ello no exime al trabajado de devolver las cantidades correspondientes al incumplimiento de esta.
El Tribunal Supremo establece que, pese que la cláusula de pacto de no competencia post-contractual sea declara como nula, no se exime a la trabajadora de devolver lo percibido en virtud de este concepto. El Tribunal toma esta decisión ya que, aunque sea considerada como nula, la trabajadora ha incumplido este pacto de manera post contractual.
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